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viernes, 27 de febrero de 2009

Novedades sobre la denuncia de la asociación FACUA relativas las irregularidades en la facturación mensual

Una nueva Comunidad Autónoma, esta vez las islas Baleares, va a ordenar a la filial de ENDESA en las islas (GESA ENDESA) a refacturar las facturas de diciembre de 2008 y enero de 2009, ante las supuestas irregularidades denunciadas por FACUA y que hemos ido reflejando en anteriores entradas de este blog. Por lo tanto, ya son dos CCAA, Andalucía y Baleares, las que han tomado cartas en el asunto muy rápidamente, con independencia de las acciones de investigación (y posibles expedientes sancionadores que están en trámite por la CNE.
La inseguridad ante la que se tiene que enfrentar el consumidor doméstico es realmente grande a raíz de la regulación (o, más bien, ausencia de la misma) metida "con calzador" en las Disposiciones Adicionales del Real Decreto sobre la Retribución de la energía solar fotovoltaica 1578/2008 de 26 de septiembre de 2008, en donde se introduce la obligación de las compañías eléctricas de facturar mensualmente a sus clientes las facturas de la luz, en vez de bimestralmente, como se hacía hasta ahora. Al realizarse la lectura por las compañías cada dos meses, cada mes no se puede hacer una apreciación exacta del consumo real producido, por lo que el mes anterior al correspondiente a la lectura se hace una estimación que entre diciembre de 2008 y enero de 2009 ha sido a la baja en el primer mes, compensándose en enero con una diferencia de hasta el 40%. Esto tiene dos efectos perversos:
  1. Incentiva el sobreconsumo en el caso de las estimaciones a la baja de cara al mes posterior. Es decir, los consumidores, si no están debidamente informados, pueden confiarse y, viendo que han tenido una factura baja un mes, consumir más que en el anterior, recibiendo el segundo mes la lectura real y la compensación de la anterior si se hizo a la baja.
  2. Lo anterior se agrava aún más entre diciembre y enero de 2009, teniendo en cuenta la subida en la factura de la luz aprobada por el Gobierno y que entro en vigor el 1 de enero de 2009.

En fin, que visto lo anterior mejor hubiese sido que nos quedásemos como estábamos con la facturación bimensual, que le Ministerio de Industria hubiese aclarado cómo debe hacerse la estimación del consumo en los meses que no se lee el contador o que hubiese obligado a las eléctricas a llevar a cabo una lectura mensual del mismo.

En fin, os incluyo en el lado derecho del blog un enlace directo que se puede encontrar en la página de FACUA en el cual podéis acceder a un simulador para saber si se os ha facturado de más o no.

lunes, 23 de febrero de 2009

Sebastián pretende que la CNE actúe como oficina del Defensor del consumidor de productos energéticos

De acuerdo con la noticia publicada el pasado sábado en el diario ABC, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio está ultimando un proyecto de Real Decreto Ley por el cual se modificasen las funciones de la CNE, atribuyéndole las competencias de una especia de oficina de defensa del Consumidor de productos energéticos. Debido a los tiempos de crisis en los que nos encontramos, no se crearía una oficina independiente de la CNE con un presupuesto aparte, sino que la propia CNE asumiría las competencias propias de un tipo de organismo que ya lleva años funcionando en países como el Reino Unido, con la oficina llamada "Energywatch".
Sin embargo, esta noticia que podría suponer una buena noticia para el consumidor español, el cual ha sufrido la tropelía de la facturación excesiva que hacíamos referencia en entradas anteriores, no ha sido bien recibida por la propia CNE, la cual se queja de que está sobrecargada con sus funciones de regulador, de informe, consulta, así como de liquidaciones del sistema eléctrico, entre otras. Además, existen dudas sobre la constitucionalidad de esta reforma, debido a que las Comunidades Autónomas tienen transferidas competencias relativas a defensa de los consumidores.
Por otra parte, el Ministerio parece que se ha dado cuenta del desastre de la nueva regulación de la facturación de la luz mensual, con lectura de los contadores cada dos meses. Para evitar situaciones como la lectura estimada de la lectura de enero de 2009, respecto de la de diciembre del año anterior, se establecerá una metodología de la lectura estimada que tienen que llevar a cabo las compañías eléctricas.
Respecto a qué opino sobre esto, no creo que la idea de Sebastián sea mala, pero hay que evitar que diferentes organismos (autonómicos y estatales) dupliquen sus funciones. Considero que la CNE ya tiene competencias suficientes para servir de apoyo en estos conflictos, ya sea mediante arbitraje, investigación, como consulta.

viernes, 20 de febrero de 2009

Publicados los resultados de la primera convocatoria para entrar en el Registro de preasignación de la nueva regulación fotovoltaica


Acaban de ser admitidas 392 de las casi 2000 solicitudes de inscripción en el Registro de preasignación creado por el Real Decreto 1578/2008 de 26 de septiembre. Como ya decíamos en una entrada anterior, se había producido una prórroga del plazo de esta primera convocatoria atendiendo al gran número de solicitudes presentadas, así como a los defectos subsanables de algunas de las que se había presentado.
Industria ha recibido críticas por el retraso en la tramitación de la convocatoria del primer trimestre de 2009. Es cierto que pudo haber observado mayor diligencia a la hora de filtrar solicitudes en las que ni siquiera se presentaba, por ejemplo, el aval. Sin embargo, la gran concurrencia de proyectos demuestra que la tan criticada bajada de la tarifa a la energía fotovoltaica (de más de 40 céntimos de euro Kw/h a 32 cent Kw/h) no significa que estos proyectos hayan dejado de ser rentables. Obviamente la retribución del RD 661/2007 era excesiva y un lastre que aumentaba enormemente el déficit tarifario.
En cuanto a cómo ha quedado la retribución para los que han sido admitidos en esta convocatoria, esta es de 32 cent Euro Kw/h para los que tengan instalaciones en suelo y sobre cubierta de más de 20 Kw, y de 34 cent Euro para los de instalaciones sobre cubierta de menos de 20 Kw. Se han cumplido los objetivos de cupo previstos, existiendo un ajuste de 36 Mw más para las instalaciones sobre suelo.
Podéis ver la nota de prensa sobre este asunto en la página del Ministerio de Industria en el siguiente enlace:
Así como también un listado con los proyectos admitidos en la convocatoria en los tipos 1.1 y 1.2:

jueves, 19 de febrero de 2009

¿Cómo interpretar la factura de la luz?


A pesar de que cada mes las compañías eléctricas nos envían una detallada factura, los datos que aparecen poco tienen que ver con nuestro consumo real y a menudo está redactada con unos términos difíciles de comprender. La cantidad a pagar está bien visible pero los cargos que nos hacen las eléctricas no están tan claros.
La asociación de consumidores Facua ha alertado que de que millones de recibos de la luz emitidos en febrero facturan de forma irregular la energía consumida a finales de 2008, ya que aplican las nuevas tarifas, más caras, vigentes desde comienzos de este año.
El problema es que muchas veces es difícil desentrañar las facturas. Aquí van algunas claves para descifrar los recibos.
Hemos utilizado una factura real de la compañía Sevillana Endesa con fecha de 23 de enero de 2008. El periodo de facturación es del 23 de diciembre de 2008 al 23 de enero de 2009. Las compañías dividen a sus clientes en bloques para ir facturándoles en distintas fechas


  • TARIFA: La asigna la compañía eléctrica en función de la potencia contratada por el cliente. La tarifa 202 es la más común entre los españoles.

  • POTENCIA CONTRATADA: La elige el cliente según sus necesidades. En este caso el cliente dispone de una potencia de 3,3 kW.

  • TOTAL DE LA FACTURA: La cantidad que el cliente pagará ese mes. Aparece claramente indicada en varios lugares del recibo.

  • CONSUMO: Desde noviembre de 2008 las compañías eléctricas tienen la obligación de enviarnos una factura cada mes aunque la lectura de los contadores se sigue haciendo cada dos meses. Esto provoca que la mitad de los recibos no recojan el consumo real, sino una estimación que se compensa en la siguiente facturación. Ésa es la razón por la hay dos tipos de 'consumos' o 'lecturas': real y estimada.

  • LECTURA REAL (o consumo real): Es lo que marcaba nuestro contador cuando el revisor fue a leerlo. El contador de nuestro cliente marcaba 44.819 kilovatios (kWh), que es el consumo que se ha hecho en esa vivienda desde que se instaló ese contador).

  • LECTURA ESTIMADA: Los meses en los que no se lee el contador las compañías se 'inventan' una cantidad. La normativa vigente desde 1988 dice que hay que tomar como referencia el mismo mes del año anterior. Sin embargo, las eléctricas no cumplen siempre esta norma. Endesa, por ejemplo, descuenta un 30% al consumo que se hizo el año anterior. De esta forma, el cliente paga el "error en la estimación" con la tarifa de 2009 aunque el consumo se realizó en 2008. El caso es que con este sistema el cliente nunca sabe cuánto está gastando cada mes porque los datos que recibe varían en función de la estimación que hace la compañía.

  • CONSUMO TOTAL: La resta del consumo real y del consumo estimado nos da el total que consumió el cliente, 904 kWh. en nuestra factura.

  • LA FACTURACIÓN
  • TÉRMINO DE POTENCIA: Es la cuota fija que pagamos y depende de la tarifa que tenemos contratada (este usuario contrató 3,3 kW).

  • TÉRMINO DE ENERGÍA: La cantidad de kilovatios hora que hemos consumido.

  • CONSUMO GRATUITO: Los primeros 12,5 kWh son gratuitos, no se facturan. Según la normativa, sólo debe aplicarse en las facturas con lectura real aunque algunas compañías, como Endesa, también lo aplican en las estimadas.

  • RECARGO POR EXCESO DE CONSUMO: Cuando el consumo supera los 500 kWh se cobra un recargo. Esta medida fue adoptada por el Ministerio de Industria para intentar reducir el despilfarro energético. Sin embargo, desde Facua denuncian lo absurdo que resulta establecer una cantidad única sin tener en cuenta la zona geográfica, el mes del año y el número de habitantes de esa vivienda. Además, debido a que las compañías facturan a la baja los meses que no leen el contador, el cliente puede tener la percepción errónea de que está gastando menos de lo que realmente consume. De esta forma, se le induce a incrementar el consumo, lo que pagará con un recargo al mes siguiente.

  • IMPUESTO SOBRE ELECTRICIDAD, IVA y ALQUILER DE EQUIPOS: Se cobran unos 54 céntimos mensuales por el alquiler del contador y un 16% de IVA.
    La compañía Sevillana Endesa tendrá que devolver a este abonado alrededor de un euro por irregularidades en la facturación. Facua-Consumidores en Acción ofrece en su página web un simulador en el que puede introducir los datos de sus recibos para comprobar si hay algún error.

(Fuente: Diario El Mundo)

En fin, como veis una explicación bastante concreta de cómo interpretar vuestra factura eléctrica. También se ve aquí cuál es la inseguridad que ha introducido la obligación de facturar mensualmente a raíz del RD 1578/2008, es decir la lectura estimada de la facturación realizada el mes anterior al que se produce la lectura física del contador por parte de la compañía. Lo correcto sería hacerlo de acuerdo con el consumo del mismo mes del año anterior (se entiende que del consumo real medido por el contador), pero no se suele hacer esto. Se sospecha que las eléctricas han cargado más el mes de enero de 2009 para cargar la subida de la tarifa de alrededor del 5% que se produjo.



miércoles, 18 de febrero de 2009

Nuevas noticias sobre los elevados recibos de la luz.

Se están produciendo importantes novedades en el tema de la más que probable facturación abusiva por parte de las eléctricas. Por un lado, la noticia que aparece hoy en el "Periódico de Catalunya" relativa a las aclaraciones que pide ENDESA al MINISTERIO DE INDUSTRIA en relación con la metodología de la facturación eléctrica tras el RD 1578/2008. No les falta razón debido a que, básicamente el Ministerio no se ha preocupado en regularlo. Esto no quita, sin embargo, que las electricas hayan podido actuar con abuso "inflando" la facturación de enero para aprovechar la subida de las tarifas eléctricas.

Por otra parte, Andalucía ha sido la primera Comunidad en obligar a refacturar a las compañías eléctricas. Es una noticia que da esperanzas.


La polémica sobre las supuestas irregularidades en el nuevo sistema mensual de facturas de la luz comienza a impacientar a las eléctricas. Endesa, la compañía con más clientes en el país, criticó ayer que el Ministerio de Industria "no haya especificado" el procedimiento para realizar las estimaciones (el contador solo se revisa cada dos meses, con lo que una de las facturas refleja un consumo aproximado y la otra, el real, al que se suma o resta la diferencia).
"El Ministerio debería poner orden y aclarar cómo se deben hacer las estimaciones: que regule y se acatará", defienden fuentes de la eléctrica. El problema, explican, es que la norma que obliga a las empresas a facturar mes a mes, en lugar de bimestralmente, no fija ningún mecanismo para realizar la estimación. En consecuencia, cada empresa está aplicando la nueva facturación "como hasta ahora", es decir, según su propio criterio y experiencia.
En el caso de Endesa, la factura estimada se realiza en función del consumo medio de todo el ejercicio precedente y de la demanda del mismo mes del año anterior. "Nosotros siempre hemos intentado que el cliente no pague por adelantado un consumo que luego no va a realizar, y, de hecho, aplicamos un coeficiente de reducción sobre la estimación que hemos realizado para sea más fácil que se quede corta a que se pase", se defienden en la distribuidora.
Con todo, algunas asociaciones de consumidores, como Facua, siguen denunciando que las eléctricas "hincharon" las facturas en enero para aprovecharse de la subida de los precios regulados (entre el 3,34% y el 4,1% para el grueso de los clientes, es decir, para todos los que cuentan con una potencia contratada superior a 2,5 kilovatios (kw) y que no excedan los 10 kw).

RETRASOS
Los consumidores también denuncian que las eléctricas están obligando a los consumidores a soportar grandes colas o largas llamadas de teléfono para reclamar las cantidades cobradas de más. Además, aseguran que a algunos clientes se le está devolviendo menos dinero del que les corresponde.
Endesa reconoce que, desde que el nuevo sistema entró en vigor en noviembre, se han producido "pequeñas desviaciones", pero de apenas unos dos euros y en muy pocos casos. Fuentes de la compañía insisten en que las devoluciones se están produciendo sin problemas.
Así las cosas, el Ministerio de Industria ha encargado a la Comisión Nacional de Energía (CNE) que abra un expediente informativo para determinar si se ha producido alguna práctica abusiva. La capacidad sancionadora, con todo, es de las comunidades autónomas, y algunas de ellas también han iniciado sus propias investigaciones.
Pese a estos problemas iniciales, el departamento que dirige Miguel Sebastián sigue apostando por el nuevo sistema mensual de facturación de la electricidad. "Se trata de que las variaciones de los precios lleguen antes a los ciudadanos, como sucede con la gasolina. Así, si los precios suben, las familias no tienen que esperar dos meses para darse cuenta de que les conviene ahorrar para no pagar más", defienden fuentes de Industria.

Respecto a los pasos que deberían de seguir por los posibles afectados, yo recomendaría lo siguiente:

Ponerse en contacto con la Eléctrica pidiendo explicaciones sobre la facturación,en el caso que sea muy elevada.

Ponerse en contacto al mismo teimpo también con organizaciones como FACUA que pueden defender a los consumidores y usuarios de forma colectiva.

lunes, 2 de febrero de 2009

Ampliación del plazo para la presentación de solicitudes de instalaciones fotovoltaicas en el Registro de preasignación de retribución

La aplicación práctica del nuevo Real Decreto 1578/2008 de 26 de septiembre sobre retribución de la energía solar fotovoltaica empieza a dar ya los primeros problemas en cuanto a su aplicación práctica. Una de las principales novedades de esta nueva regulación fue la creación del Registro de de preasignación de retribución, registro dependiente del Ministerio de Industria, donde es necesario inscribir los proyectos de instalaciones fotovoltaicas para que puedan tener derecho a la retribución prevista en el propia Real Decreto de septiembre del año pasado. A su vez, también es necesario la resolución definitiva de la inscripción de las solicitudes realizadas para determinar la retribución de la siguiente convocatoria, tal como se establece en el artículo 11.3 del nuevo RD 1578/2008:
“Si durante dos convocatorias consecutivas no se alcanzara el 50 por ciento
del cupo de potencia para un tipo o subtipo, se podrá incrementar, mediante
Resolución de la Secretaría General de Energía, la tarifa para la convocatoria
siguiente en el mismo porcentaje que se reduciría si se cubriera el cupo, siendo
necesario, que durante dos convocatorias adicionales no se volviera a alcanzar
el 50 por ciento del cupo para realizar un nuevo incremento"

El problema que se ha producido es que el número de solicitudes ha sido mayor que el esperado, existiendo algunas con defectos formales para los cuales se abrirá un período de subsanación. Visto que para el 31 de enero no iba a ser posible que estuviesen resuelta definitivamente esta segunda convocatoria, nos encontramos con el que Ministerio mediante Orden ITC 82/2009 de 30 de enero, publicada el ¡mismo 31 de enero! en el BOE amplia el plazo para presentar las solicitudes de la convocatoria correspondiente al segundo trimestre de 2009 hasta el quinto día hábil siguiente inclusive a la resolución definitiva de la convocatoria correspondiente al primer trimestre de 2009, ampliándose el plazo de publicación del resultado correspondiente a esta segunda convocatoria de 2009 hasta el 16 de abril, en vez del 1 de abril, como aparecía en el anexo III del RD 1578/2008.

En fin, que ya empezamos con los problemas, ya que una vez el Ministerio ha visto desbordadas sus previsiones de solicitudes. Esto en parte es comprensible, aunque lo que no es de recibo es que se espere hasta el día que vence el plazo de presentación de solicitudes para publicar una orden que lo amplía.Yqué pasa con el resto de plazos?, ¿por qué no se modifican?. La verdad es que, si existe un retraso en un plazo, esto significará que existirá un atraso acumulado en el resto, por lo que se podría haber aprovechado para reformar todo el calendario que aparece en el Anexo III.

Para más información sobre cómo funciona el Registro de preasignación, ver la entrada hecha de hace unos meses hecha en este blog.